(Por: Rafaela Noticias) – En una resolución adoptada esta semana, el Dr. Mauro García, titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rafaela, dictó un auto de control que pone bajo la lupa la gestión del municipio de Sunchales respecto al proyecto del Complejo Ambiental y el sistema GIRSU. La intimación elevada exige, entre otras cosas, que el Estado municipal y la intendencia de Pablo Pinotti informen «el estado actual de avance de las obras correspondientes a la primera etapa (obras de mitigación hídricas, cerco perimetral, forestación y pozo de monitoreo), con indicación precisa de porcentaje de ejecución, obras realizadas hasta la fecha, cronograma actualizado y obstáculos que hubieren incidido en su desarrollo, acompañando documentación técnica respaldatoria».
La medida judicial, fechada el 3 de agosto de 2026, surge en el marco de la ejecución de sentencias firmes que obligan a la ciudad vecina a avanzar en la gestión de sus residuos, tras detectarse posibles maniobras que contradicen el mandato judicial.
El magistrado recordó que, en los procesos ambientales, la labor de la justicia “no se agota con el dictado de la sentencia de mérito”, sino que exige un “estricto y periódico control de lo ordenado”. Bajo este marco, la resolución apunta contra acciones recientes del Concejo Municipal de Sunchales que podrían poner en riesgo los niveles de protección ya alcanzados.
El principio de «no regresión» y la polémica Ordenanza 3268/2025
Uno de los puntos centrales de la resolución es la sanción de la Ordenanza Nº 3268/2025 por parte del cuerpo legislativo sunchalense. Según el expediente, esta norma intentó desafectar el terreno de más de 26 hectáreas adquirido en 2016 para el Complejo Ambiental, con el fin de prohibir cualquier obra vinculada al proyecto GIRSU.
Para el Juez García, esta acción podría configurar un “acto de regresión directa respecto de las mandas judiciales firmes”.El magistrado fue tajante al invocar el Acuerdo de Escazú, un tratado internacional con jerarquía supralegal en Argentina, el cual establece la obligación de garantizar la “ejecución oportuna de las decisiones y resoluciones de los órganos judiciales” en materia ambiental.
En este sentido, se advirtió que cualquier medida que disminuya o anule los niveles de protección ambiental fijados por sentencia firme viola el principio de progresividad. El Juez destacó que la pretensión de desafectar el terreno agrava la “incertidumbre generada por la pretensión de la desafectación del terreno dispuesta por la ordenanza referida”.
Fondos millonarios y obras sin reporte de avance
La resolución judicial también pone el foco en el manejo de los recursos públicos. El municipio de Sunchales acreditó en octubre de 2025 haber recibido un desembolso provincial de $304.000.000 (trescientos cuatro millones de pesos) destinado específicamente al inicio de obras hídricas en el predio del Complejo Ambiental. Sin embargo, el tribunal denunció que, a pesar de haber transcurrido los plazos impuestos, “no ha presentado el informe semestral de avance de obra que le fue expresamente impuesto”.
Ante esta situación, el Juez García intimó al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en un plazo improrrogable de diez días hábiles, presente un informe detallado sobre el estado de la “1ª etapa”, la cual incluye obras de mitigación hídrica, cerco perimetral, forestación y pozo de monitoreo. Asimismo, el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de Santa Fe deberá informar si existe certeza sobre la continuidad o discontinuidad del proyecto y el impacto que la ordenanza local tiene sobre el financiamiento otorgado.
Sanciones económicas y transparencia pública
La justicia no solo exigió papeles, sino que activó mecanismos de castigo ante el incumplimiento. El tribunal reiteró que la falta de acatamiento a las mandas judiciales habilitará la aplicación de sanciones conminatorias (intereses) que ascienden a una unidad jus por cada día corrido de retardo, lo que representa aproximadamente $100.000 diarios contra los responsables físicos o jurídicos. Además, se advirtió que las actuaciones podrían derivar en la justicia penal por incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Finalmente, en un gesto hacia la participación ciudadana, el Dr. García dispuso que toda la información sobre el avance de la ejecución de la sentencia sea pública. “Póngase en conocimiento a la sociedad la situación suscitada y lo aquí dispuesto mediante las plataformas digitales”, ordena el fallo, buscando que la transparencia sea la herramienta que asegure el cumplimiento de las mandas judiciales. El tribunal remarcó que la ejecución oportuna de estas decisiones es una exigencia directa para evitar que el Estado comprometa su “responsabilidad internacional”.

